El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a una contribuyente que pidió la devolución de este impuesto.
De momento, ante el conflicto de interpretación de la ley entre la Agencia Tributaria (que considera a la prestación por maternidad/paternidad como un rendimiento del trabajo) y la reciente sentencia (que la considera exenta de IRPF), los fiscalistas recomiendan que las afectadas paguen el IRPF, pero que soliciten después una reclamación a Hacienda para solicitar la devolución del IRPF. Una vez sea denegada, se puede después iniciar la vía administrativa o judicial.
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CTC